23 de octubre de 2026

Interpelación a Chang: admisión de la moción deberá votarse en la próxima sesión del Pleno

Publicidad Vertical

La Cámara de Diputados dio cuenta de la Moción de Orden del Día N.° 424, que propone interpelar al ministro de Educación, José Antonio Chang. El titular del Minedu todavía no ha sido interpelado ni ha respondido las 44 preguntas: el siguiente paso es que el Pleno decida si admite la moción. Para ello se necesita el voto favorable de por lo menos un tercio de los diputados hábiles.

Interpelación a Chang: admisión de la moción deberá votarse en la próxima sesión del Pleno

La posible interpelación al ministro de Educación, José Antonio Chang, avanzó un nuevo paso en la Cámara de Diputados.

Durante la sesión del jueves 22 de octubre, el Pleno dio cuenta oficialmente de la Moción de Orden del Día N.° 424, presentada para que el titular del Ministerio de Educación concurra al Parlamento y responda un pliego de 44 preguntas sobre diferentes aspectos de su gestión.

Sin embargo, es importante hacer una precisión:

Chang todavía no ha sido interpelado.

Tampoco respondió las 44 preguntas durante la sesión del 22 de octubre.

Lo ocurrido fue el cumplimiento de un paso previo del procedimiento parlamentario: dar cuenta de la moción ante el Pleno.

¿Qué significa que el Pleno haya “dado cuenta”?

Significa que la Cámara de Diputados tomó conocimiento formal de la existencia de la moción de interpelación.

No significa que haya sido aprobada.

El artículo 154 del Reglamento de la Cámara de Diputados establece que, después de este trámite, la admisión de la moción debe ser sometida a votación en la siguiente sesión del Pleno.

El presidente de la Cámara, Oscar Reto, recordó expresamente durante la sesión que:

“para la admisión de la moción de interpelación se requiere el voto de por lo menos un tercio de los diputados hábiles”.

Por tanto, el siguiente paso no es todavía la comparecencia del ministro.

El siguiente paso es:

votar si la Cámara admite o rechaza la interpelación.

¿Cuántos votos necesita?

La regla no establece un número fijo como 33, 40 o 44 votos.

Exige:

por lo menos un tercio de los diputados hábiles.

El número concreto dependerá, por tanto, de cuántos diputados se encuentren hábiles al momento de la votación.

Esta precisión es importante porque no debe confundirse el requisito para presentar una moción de interpelación con el requisito para admitirla.

La moción fue presentada inicialmente con 24 firmas

La Moción N.° 424 fue ingresada el 21 de septiembre por legisladores de:

Ahora Nación, Juntos por el Perú y Partido Cívico Obras.

Inicialmente reunió 24 firmas y contiene un total de 44 preguntas.

Posteriormente, CanalB informó que tres diputados retiraron sus firmas:

  • Helard Sonco;

  • Andrea Medina;

  • Arturo Eusebio.

Con esos retiros, la moción quedó con 21 adhesiones, todavía por encima del mínimo de 20 firmas que exige el artículo 154 para presentar una interpelación, equivalente al 15 % del número legal de diputados.

El hecho de que la Cámara haya dado cuenta formalmente de la moción el 22 de octubre confirma que el procedimiento parlamentario continuó.

44 preguntas para el ministro Chang

El pliego interpelatorio comprende 44 preguntas relacionadas con diferentes asuntos del sector Educación.

El Congreso identifica entre los principales temas:

  • crisis de la Universidad Nacional de Ucayali;

  • presunto hostigamiento sexual atribuido al superintendente de Sunedu;

  • idoneidad de determinadas designaciones y nombramientos;

  • política del sector respecto de la educación superior universitaria;

  • reglamentación de la Ley N.° 32581;

  • y otros cuestionamientos relacionados con la gestión del Ministerio de Educación.

Ley N.° 32581: el tema de interés directo para maestros jubilados

Uno de los puntos del pliego directamente relacionados con el magisterio es la Ley N.° 32581, denominada:

Ley que garantiza el pago de la pensión para la protección y seguridad social de los maestros jubilados y cesantes del Perú.

Esta ley fue publicada el 15 de abril de 2026.

La norma establece que las pensiones comprendidas en su ámbito deben ser equivalentes al monto de la Remuneración Íntegra Mensual correspondiente a la primera escala magisterial, de acuerdo con las condiciones previstas por la propia ley.

La ley dio 90 días para aprobar su reglamento

La disposición complementaria final de la Ley N.° 32581 estableció expresamente que:

el Poder Ejecutivo debía aprobar su reglamento en un plazo de 90 días calendario desde su entrada en vigor.

El seguimiento legislativo del Congreso continúa consignando esa obligación de reglamentación y, semanas antes, la Comisión de Economía del Senado solicitó al Ministerio de Economía y Finanzas un informe sobre el estado de la norma y la posición del Ejecutivo respecto de su aplicación.

Precisamente la demora en la reglamentación forma parte de las preguntas que se pretende formular a Chang.

La Comisión de Economía también pidió explicaciones al MEF

El asunto pensionario no se limita a la moción contra el ministro de Educación.

El 5 de octubre, la Comisión de Economía, Medio Ambiente y Defensa del Consumidor del Senado acordó solicitar al ministro de Economía y Finanzas, Elmer Cuba, un informe escrito sobre:

la reglamentación de la Ley N.° 32581

y sobre la posición del Ejecutivo frente a esta norma.

Esto muestra que el debate sobre las pensiones de docentes jubilados y cesantes se desarrolla actualmente en más de una instancia parlamentaria.

¿Qué otros temas deberá explicar Chang si se admite la moción?

Además del tema pensionario, el ministro tendría que responder preguntas sobre la situación de la Universidad Nacional de Ucayali.

El pliego también comprende cuestionamientos relacionados con:

Sunedu;

designaciones y nombramientos realizados en el sector Educación;

política de educación superior universitaria;

y otras decisiones adoptadas durante su gestión.

El documento se encuentra organizado en varios bloques temáticos y busca que el titular del Minedu explique ante los diputados los criterios utilizados por su sector.

¿La interpelación significa que Chang será censurado?

No.

Son procedimientos distintos.

Primero, la Cámara debe decidir si admite la moción de interpelación.

Si obtiene los votos requeridos, el ministro será convocado para responder el pliego ante el Pleno.

Una eventual censura sería un procedimiento parlamentario posterior y diferente.

Por ello, actualmente no corresponde afirmar:

“Chang será censurado”

ni tampoco:

“Chang ya fue interpelado”.

Lo correcto es señalar que:

la Cámara debe votar todavía la admisión de la Moción N.° 424.

¿Cuándo se realizará la votación?

El presidente de la Cámara de Diputados indicó que la votación debe efectuarse en la siguiente sesión a aquella en que se dio cuenta de la moción, conforme al artículo 154 del Reglamento.

El Congreso ha informado además que el Pleno tiene prevista una sesión para:

jueves 29 de octubre, a las 3:00 p. m.

En esa fecha está programado, entre otros asuntos, el debate de un informe final correspondiente a una denuncia constitucional.

Sin embargo, la información oficial revisada hasta el momento no señala expresamente que la Moción N.° 424 esté incluida en esa convocatoria.

Por ello, la formulación más rigurosa es:

la admisión deberá votarse en la próxima sesión del Pleno; si la sesión del 29 de octubre es efectivamente la siguiente y no se convoca otra antes, correspondería que la moción sea sometida a votación allí.

¿Qué ocurre si la moción es admitida?

Si obtiene al menos el voto favorable de un tercio de los diputados hábiles, continuará el procedimiento de interpelación.

Entonces deberá determinarse cuándo concurrirá José Antonio Chang al Pleno para responder las 44 preguntas.

Solo después de esa comparecencia podrá evaluarse políticamente su respuesta y cualquier acción parlamentaria posterior.

¿Y si no alcanza los votos?

Si la moción no obtiene el respaldo mínimo exigido, no será admitida.

En ese supuesto, Chang no tendría que comparecer ante el Pleno por esta moción en particular.

Por ello, la votación de admisión constituye ahora el punto decisivo del procedimiento.

AUGE | Actualidad Educativa

La situación de la Moción N.° 424 queda así:

Ministro: José Antonio Chang.
Moción: N.° 424.
Preguntas: 44.
Situación: el Pleno ya dio cuenta de la moción.
Interpelación realizada: no.
Próximo paso: votación de admisión.
Votos necesarios: por lo menos un tercio de los diputados hábiles.
Tema de interés magisterial: reglamentación de la Ley N.° 32581 sobre pensiones de docentes jubilados y cesantes.
Próxima sesión conocida del Pleno: 29 de octubre a las 3:00 p. m., aunque la agenda consultada todavía no confirma expresamente la Moción 424 para esa fecha.

Docente, seguiremos informando cuando la Cámara vote si admite o no la interpelación al ministro de Educación.

Síguenos en redes sociales:

¿Necesitas ayuda?¡Escríbenos por WhatsApp!