El proyecto de nuevos Lineamientos para la Gestión de la Disciplina Escolar clasifica las conductas de los estudiantes en faltas leves, graves y muy graves. El uso indebido del celular y determinadas tardanzas serían faltas graves; el acoso, la violencia sexual, la extorsión, la discriminación y el porte o uso de armas figuran entre las muy graves. Las respuestas podrían ir desde una amonestación hasta la separación definitiva, pero el proyecto todavía no está vigente.
El Ministerio de Educación propone establecer un nuevo régimen nacional de disciplina escolar, con una clasificación específica de las faltas y procedimientos diferenciados para docentes y directores.
El esquema contempla tres categorías:
faltas leves, graves y muy graves
y establece medidas progresivas de acuerdo con la gravedad, reiteración, circunstancias y daño producido.
¿Qué sería una falta grave?
Entre las conductas anunciadas por el Minedu como faltas graves se encuentran:
-
uso indebido del celular u otros dispositivos;
-
más de tres tardanzas injustificadas durante un bimestre;
-
reincidencia en tres o más faltas leves durante el año;
-
daños a la propiedad escolar;
-
agresiones físicas leves sin lesión;
-
agresiones psicológicas;
-
posesión o consumo de sustancias prohibidas;
-
presentación de justificativos adulterados;
-
y conductas que vulneren la intimidad, dignidad o integridad de otros estudiantes.
Esto significa que hechos actualmente tratados de diferentes maneras por cada institución pasarían a contar con una clasificación más uniforme.
¿Qué se consideraría una falta muy grave?
El proyecto coloca en el nivel más alto conductas como:
-
acoso escolar;
-
violencia sexual;
-
extorsión, coacción o cobro de cupos;
-
discriminación;
-
porte o utilización de armas;
-
porte de artefactos incendiarios o explosivos;
-
alteración violenta del orden;
-
hurto o robo;
-
actos de odio o apología de la violencia;
-
destrucción intencional de infraestructura;
-
organización de actividades delictivas;
-
promoción o venta de sustancias prohibidas;
-
falsificación de documentos oficiales;
-
suplantación de identidad;
-
difusión de información privada;
-
fraude en evaluaciones;
-
falsa denuncia;
-
difamación;
-
y determinadas grabaciones que vulneren la intimidad.
Las faltas muy graves podrían dar lugar a las sanciones más severas previstas por el proyecto.
¿Qué podría hacer directamente el docente?
Las medidas correctivas de carácter formativo frente a faltas leves quedarían principalmente bajo responsabilidad del docente.
Entre ellas aparecen:
amonestación;
reparación del daño;
restricción temporal del uso de determinados espacios de recreación o participación en actividades;
y
separación temporal del aula, manteniendo al estudiante dentro de la institución educativa.
Este último punto es importante: separación temporal del aula no significa expulsión del colegio.
¿Qué sanciones corresponderían al director?
Las sanciones quedarían bajo responsabilidad de la dirección de la institución educativa.
El proyecto contempla:
suspensión de hasta tres días hábiles;
matrícula condicional;
y
separación definitiva de la institución educativa.
La separación definitiva representa la medida más severa del sistema propuesto.
¿En qué casos podría producirse una separación definitiva?
Según la información difundida por El Peruano, el proyecto contempla esta medida cuando el estudiante:
acumule tres suspensiones durante el año;
cometa una falta muy grave;
o
reitere sistemáticamente una conducta inadecuada.
Esto no significa, sin embargo, que el director pueda expulsar al estudiante inmediatamente y sin procedimiento.
Faltas graves y muy graves: comunicación en 24 horas
Ante una falta grave o muy grave, el hecho tendría que:
registrarse
y
ser comunicado al director en un plazo máximo de 24 horas.
La familia también deberá ser informada y las medidas correspondientes tendrán que aplicarse respetando el debido proceso.
La respuesta deberá considerar además la edad, antecedentes, circunstancias y daño provocado por el estudiante.
La familia podrá pedir reconsideración
En caso de separación definitiva, el proyecto establece una vía para cuestionar la decisión.
La familia tendría:
3 días hábiles
para solicitar la reconsideración.
La institución educativa dispondría de:
5 días
para resolverla.
Por tanto, la expulsión no se plantea como una decisión sin posibilidad de revisión.
¿Qué ocurriría con el estudiante separado?
La separación definitiva no significaría perder el derecho a la educación.
El Minedu plantea que los estudiantes puedan continuar su formación mediante alternativas gestionadas por la UGEL correspondiente.
Andina señala que se contempla una modalidad educativa híbrida, con enseñanza curricular virtual y atención presencial orientada a la reinserción educativa y social, además de apoyo psicológico para los estudiantes y sus familias.
El Peruano hace referencia también a aulas digitales a cargo de la UGEL, en las que los estudiantes separados podrían continuar las áreas curriculares de manera virtual.
La separación definitiva debería ser el último recurso
La viceministra Miriam Ponce ha señalado posteriormente que la expulsión debe entenderse como una medida extrema y que las reglas disciplinarias necesitan complementarse con criterio docente, prevención y acompañamiento.
Especialistas consultados también han advertido que las sanciones por sí solas no resolverán los problemas de violencia escolar.
Esto resulta relevante porque el propio proyecto establece criterios de proporcionalidad y análisis individual de los casos.
También aparece la nueva nota de conducta
El régimen disciplinario se complementaría con la recuperación de la nota de conducta en escala de 0 a 20.
Una calificación menor de:
11
sería considerada desaprobatoria.
La nota permitiría registrar y evaluar el desenvolvimiento del estudiante de manera más continua, aunque todavía falta precisar cómo se calculará exactamente.
¿Y las reglas de presentación personal?
El ministro Chang también anunció disposiciones específicas sobre presentación personal para los estudiantes de colegios públicos, como restricciones al maquillaje, uñas pintadas y cabello teñido o considerado excesivamente largo.
Es importante diferenciar ambos asuntos:
esas reglas fueron anunciadas públicamente por el ministro dentro de la presentación general de la nueva política disciplinaria, pero no deben confundirse con la clasificación de faltas que ya aparece desarrollada en la cobertura del proyecto.
Todavía no se aplica este nuevo régimen
Este es el punto más importante.
La RM N.° 613-2026-MINEDU únicamente dispuso la publicación del proyecto para recibir observaciones.
Los lineamientos todavía no se encuentran vigentes.
El proceso de consulta pública continúa hasta el:
27 de octubre
Después de revisar los aportes recibidos, el Minedu podrá modificar el documento antes de que el Ejecutivo apruebe su versión definitiva.
¿Qué deben hacer los docentes actualmente?
Mientras no exista aprobación oficial:
no corresponde comenzar a aplicar las nuevas suspensiones, matrículas condicionales o separaciones definitivas previstas exclusivamente en este proyecto.
Los docentes y directores deben continuar utilizando las disposiciones actualmente vigentes sobre convivencia escolar y protección de estudiantes.
Quienes quieran participar en la consulta pueden enviar observaciones al correo:
convivenciaescolar@minedu.gob.pe
AUGE | Actualidad Educativa
El nuevo régimen propone modificar significativamente la manera en que colegios, docentes y directores responderían frente a las faltas escolares.
Lo principal del proyecto
Faltas: leves, graves y muy graves.
Uso indebido del celular: falta grave.
Más de tres tardanzas injustificadas por bimestre: falta grave.
Acoso, violencia sexual, extorsión, discriminación y armas: faltas muy graves.
Medidas correctivas: principalmente a cargo del docente.
Sanciones: a cargo del director.
Suspensión: hasta tres días hábiles.
Máxima sanción: separación definitiva.
Reconsideración: tres días hábiles para solicitarla y cinco para resolverla.
Continuidad educativa: alternativas a cargo de la UGEL.
Estado actual: proyecto en consulta pública; todavía no vigente.
Docente, ¿consideras que esta clasificación ayudará a actuar con mayor claridad frente a las faltas escolares?
Te leemos en los comentarios.
