Publican reglamento que restringe celulares en colegios de primaria y secundaria: esto deben aplicar docentes y directores
El Gobierno aprobó el reglamento de la Ley N.° 32385 mediante el Decreto Supremo N.° 018-2026-MINEDU. La restricción alcanza a instituciones públicas y privadas y se aplica durante las actividades educativas, incluso cuando se desarrollen fuera del horario habitual o del local escolar. La norma establece excepciones por razones pedagógicas, barreras educativas, salud, discapacidad y emergencias.
El uso de teléfonos celulares en las escuelas del Perú ya cuenta con un reglamento específico.
Este sábado 3 de octubre de 2026, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo N.° 018-2026-MINEDU, que aprueba el Reglamento de la Ley N.° 32385 y establece cómo deben actuar las instituciones educativas frente al uso de celulares y dispositivos electrónicos similares.
La norma está compuesta por 8 capítulos, 16 artículos, tres disposiciones complementarias finales y una disposición complementaria transitoria. Fue suscrita el 2 de octubre y refrendada por los ministros de Educación y Salud.
¿A qué colegios se aplica?
El reglamento tiene alcance nacional y comprende instituciones educativas públicas y privadas.
Sin embargo, existe una precisión importante:
no incluye a toda la Educación Básica sin distinción.
Su ámbito corresponde a:
-
Educación Básica Regular: primaria y secundaria;
-
Educación Básica Alternativa: niveles equivalentes a primaria y secundaria;
-
Educación Básica Especial: niveles equivalentes a primaria.
Por tanto, Educación Inicial no aparece comprendida dentro del ámbito definido por el artículo 3 del reglamento.
¿Está prohibido llevar un celular al colegio?
No exactamente.
El reglamento establece una restricción de uso, no una prohibición absoluta de portar el dispositivo.
Las instituciones educativas deben restringir el uso de teléfonos celulares o equipos electrónicos similares durante las actividades educativas que forman parte del servicio educativo.
Y la restricción no se limita al tiempo que el estudiante permanece sentado en el aula.
También se aplica cuando la actividad educativa se realiza:
fuera del horario regular de clases
o incluso:
fuera de las instalaciones del colegio.
Por ejemplo, una actividad organizada por la institución fuera del plantel puede seguir estando comprendida dentro de la regulación.
Cuatro situaciones en las que sí puede utilizarse
El reglamento establece cuatro grandes excepciones.
1. Uso pedagógico
El celular puede utilizarse cuando tenga una finalidad educativa.
En el nivel secundaria, el uso debe contribuir al desarrollo de competencias previstas en el Currículo Nacional y contar con autorización del director o del docente responsable.
Además, el docente deberá haberlo considerado expresamente dentro de su programación curricular.
No basta, por tanto, con que el estudiante diga que necesita el teléfono para realizar una actividad.
Debe existir una finalidad pedagógica autorizada.
2. Para eliminar o reducir barreras educativas
También puede permitirse el dispositivo cuando un estudiante enfrente obstáculos temporales o permanentes que dificulten su:
-
acceso;
-
permanencia;
-
participación;
-
desarrollo de competencias;
-
o culminación de sus estudios.
En este caso, corresponde al director determinar por escrito la autorización, luego de comprobar que existe esa necesidad.
3. Por razones de salud, condición o discapacidad
El celular también podrá utilizarse cuando sea necesario para atender un problema de salud, una determinada condición o una discapacidad.
Esto puede incluir situaciones como:
-
monitoreo del estado de salud;
-
seguimiento de un tratamiento médico o psicológico;
-
posibles emergencias relacionadas con la condición del estudiante;
-
u otras circunstancias que puedan poner en riesgo su salud.
El padre, madre o tutor deberá presentar al director un documento emitido por un profesional de salud colegiado y habilitado que justifique la necesidad, o el certificado de discapacidad cuando corresponda.
4. Situaciones de emergencia
La cuarta excepción ocurre cuando existe una emergencia que pueda comprometer:
-
la vida;
-
la integridad;
-
la salud;
-
la seguridad
del estudiante o de otras personas.
En esos casos, el reglamento permite el uso inmediato del dispositivo cuando resulte justificado por la situación.
¿El profesor puede retirar o custodiar el celular?
La norma permite que cada institución adopte medidas para hacer cumplir la restricción.
Pero existe otro detalle importante:
el reglamento no obliga a todos los colegios a instalar una caja o depósito para celulares.
Señala que, si cuentan con los recursos disponibles, las instituciones pueden habilitar un espacio destinado a la custodia de los equipos.
Las condiciones deberán quedar establecidas en el reglamento interno.
Como regla general, el periodo de custodia no debe exceder la jornada escolar.
No obstante, si existe gravedad o reiteración de la conducta, y aplicando criterios de gradualidad, razonabilidad y proporcionalidad, el reglamento interno puede disponer que el dispositivo sea entregado directamente al padre, madre, tutor o responsable del estudiante.
Si el colegio recibe el celular, también asume una responsabilidad
La institución que recibe un teléfono para su custodia debe adoptar medidas para garantizar:
-
su adecuada conservación;
-
su devolución;
-
evitar pérdidas;
-
evitar deterioros;
-
y evitar que terceros accedan a la información personal almacenada en el equipo.
Es decir, retirar temporalmente un dispositivo no autoriza al personal educativo a revisar libremente su contenido.
Docentes y directores no pueden revisar mensajes, fotos o archivos
Este punto está expresamente establecido.
El monitoreo para comprobar el cumplimiento de la norma debe realizarse respetando la dignidad y la intimidad del estudiante.
Y el reglamento señala de manera explícita:
el monitoreo no implica revisar el contenido del teléfono celular o dispositivo electrónico.
Por tanto, verificar que un estudiante está incumpliendo la restricción no constituye autorización para revisar chats, fotografías, videos, archivos o información privada.
Además, las actuaciones no pueden implicar tratos discriminatorios, humillantes u ofensivos.
¿Qué pasa si encuentran contenido relacionado con ciberacoso o un posible delito?
Si la institución detecta una situación de ciberacoso, deberá actuar conforme a las normas vigentes de convivencia escolar y prevención de la violencia.
Y si advierte hechos que puedan tener relevancia penal —por ejemplo, situaciones relacionadas con la intimidad, integridad personal, libertad sexual o discriminación— deberá comunicarlos inmediatamente a las autoridades competentes.
Esto diferencia dos situaciones:
una cosa es controlar el cumplimiento de la restricción del celular;
y otra, actuar frente a un posible hecho de violencia o delito del que la institución tome conocimiento.
Las medidas correctivas deberán estar en el reglamento interno
Los colegios tampoco podrán improvisar sanciones.
Las medidas correctivas relacionadas con el uso de celulares deberán estar contempladas en su reglamento interno y no podrán contradecir la Ley N.° 32385 ni su reglamento.
Además, deberán ser:
-
claras y oportunas;
-
proporcionales;
-
reparadoras;
-
formativas;
-
equitativas;
-
e imparciales.
Para aplicarlas deben considerarse criterios como razonabilidad, proporcionalidad, gradualidad y reiteración de la conducta.
Cuando se trate de menores de edad, los padres o tutores deberán ser informados oportunamente sobre las medidas correctivas aplicadas.
Los colegios tendrán que colocar un aviso visible
Existe además una obligación concreta para las instituciones.
En la parte exterior y visible de los lugares de ingreso al local educativo deberá colocarse un aviso indicando que el uso de celulares o dispositivos similares está restringido durante las actividades educativas, salvo autorización por fines pedagógicos o situaciones especiales.
Cuando la población beneficiaria hable una lengua indígena u originaria, el aviso también deberá colocarse en dicha lengua para garantizar su comprensión.
¿Y los profesores pueden usar su celular durante la clase?
El reglamento también contiene una disposición específica para los docentes.
El uso del celular por parte del profesor debe estar orientado prioritariamente al proceso de enseñanza y aprendizaje, como herramienta pedagógica.
Respecto del uso personal, la norma establece que debe procurarse que se realice:
fuera del horario de clases.
La excepción son situaciones de necesidad o fuerza mayor.
Por tanto, la regulación no se dirige únicamente al comportamiento de los estudiantes.
También establece un criterio de uso responsable para los docentes.
El uso pedagógico deberá estar planificado
Cuando el celular sea autorizado como recurso educativo, su utilización no debería ser improvisada.
El reglamento señala que el aprovechamiento pedagógico de estos equipos debe contribuir al desarrollo de competencias del Currículo Nacional y considerar particularmente la competencia transversal:
“Se desenvuelve en los entornos virtuales generados por las TIC”.
El objetivo es promover un uso:
-
efectivo;
-
pertinente;
-
crítico;
-
creativo;
-
responsable;
-
seguro;
-
equilibrado;
-
inclusivo;
-
y culturalmente pertinente.
¿Qué responsabilidad tienen las familias?
La regulación también involucra a los padres, madres y tutores.
Durante las actividades educativas, deben contribuir al cumplimiento de la restricción.
Y fuera del colegio, cuando el menor no esté participando en una actividad educativa, corresponde principalmente a las familias promover el uso seguro y responsable de estos dispositivos.
Los colegios, además, deberán orientar a las familias sobre:
-
sobreexposición a internet;
-
ciberacoso;
-
convivencia;
-
riesgos asociados al uso de dispositivos;
-
salud física;
-
y salud mental.
UGEL y DRE también tendrán responsabilidades
La implementación no dependerá exclusivamente de cada director.
Las UGEL deberán monitorear y supervisar que las instituciones de su jurisdicción cumplan la ley y el reglamento, además de coordinar estrategias para facilitar su aplicación.
Las DRE, por su parte, realizarán seguimiento al trabajo de las UGEL y podrán promover alianzas con instituciones como:
-
Policía Nacional;
-
Poder Judicial;
-
Ministerio de Salud;
-
Ministerio de la Mujer;
-
DEMUNA;
-
gobiernos locales;
-
asociaciones de padres;
-
universidades;
-
entre otras.
Minedu y Minsa deberán realizar campañas
La norma dispone además que el Ministerio de Educación, en articulación con el Ministerio de Salud, desarrolle campañas sobre el uso seguro y responsable de teléfonos celulares y dispositivos electrónicos.
Estas acciones deberán involucrar a:
-
estudiantes;
-
docentes;
-
directores;
-
familias;
-
y comunidad educativa.
Entre sus objetivos están combatir el ciberacoso y prevenir situaciones que puedan afectar la intimidad, integridad personal o libertad sexual de los estudiantes.
Los colegios deberán actualizar su reglamento interno
Esta es probablemente una de las medidas más importantes para directores.
La disposición transitoria establece que los colegios públicos y privados deberán incorporar las nuevas reglas en la primera actualización de su reglamento interno o documento de gestión posterior a la entrada en vigencia del reglamento.
La actualización deberá realizarse dentro del proceso anual que ya corresponde efectuar a las instituciones educativas.
Por tanto, no se trata solamente de informar verbalmente a los estudiantes que no pueden usar el celular.
El colegio tendrá que definir institucionalmente aspectos como:
-
medidas correctivas;
-
posibles mecanismos de custodia;
-
condiciones de devolución;
-
autorizaciones especiales;
-
y procedimientos internos para hacer cumplir la restricción.
La regulación venía pendiente desde junio de 2025
La Ley N.° 32385 fue publicada el 13 de junio de 2025 y ya establecía la regulación del uso de celulares en instituciones públicas y privadas de primaria y secundaria.
Posteriormente, el Minedu publicó en enero de 2026 el proyecto de reglamento mediante la Resolución Ministerial N.° 052-2026-MINEDU, para recibir comentarios y aportes de entidades y ciudadanía.
El Decreto Supremo publicado este 3 de octubre completa ahora ese desarrollo normativo.
No es una prohibición absoluta: es una restricción con reglas concretas
Esta precisión resulta fundamental.
El nuevo reglamento no establece que ningún estudiante pueda portar o utilizar jamás un celular dentro de una institución educativa.
Lo que establece es una restricción obligatoria durante las actividades educativas, junto con mecanismos para hacerla cumplir y excepciones claramente definidas.
Por tanto:
sí puede existir uso pedagógico autorizado;
sí existen excepciones por salud, discapacidad o barreras educativas;
sí puede utilizarse ante una emergencia;
pero el uso libre del dispositivo durante una actividad educativa queda restringido.
¿Qué deben revisar desde ahora docentes y directores?
Para las instituciones educativas, los puntos centrales son:
-
identificar qué actividades están comprendidas por la restricción;
-
definir las medidas correctivas en el reglamento interno;
-
establecer, si corresponde, un sistema de custodia;
-
garantizar que no se revise la información privada de los dispositivos;
-
colocar el aviso obligatorio en los ingresos;
-
establecer cómo se otorgarán las autorizaciones excepcionales;
-
informar a las familias;
-
y planificar curricularmente cualquier uso pedagógico del celular.
El reglamento publicado mediante el D. S. N.° 018-2026-MINEDU constituye desde ahora el marco específico para implementar la Ley N.° 32385.
AUGE | Actualidad Educativa
Desde Grupo AUGE continuaremos explicando las nuevas disposiciones del Ministerio de Educación que tengan impacto directo en el trabajo de docentes, directores y comunidades educativas.
Seguiremos especialmente las disposiciones complementarias que pueda emitir el Minedu para implementar este reglamento y las orientaciones que posteriormente comuniquen las DRE y UGEL.
Docente, queremos conocer tu opinión:
¿Consideras que restringir el uso de celulares durante las actividades educativas ayudará a mejorar la atención y la convivencia en las aulas?
Te leemos en los comentarios.
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