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Pronabec cambia sus reglas: nuevas exigencias para acceder, mantener y perder una beca

El Gobierno modificó el reglamento del Pronabec mediante el Decreto Supremo N.° 017-2026-MINEDU. La norma introduce mayores exigencias académicas, nuevas causales de pérdida del beneficio y criterios vinculados con empleabilidad y demanda laboral. Sin embargo, establece una protección especial para quienes ya tenían una beca adjudicada antes de su entrada en vigencia.


Pronabec cambia sus reglas: nuevas exigencias para acceder, mantener y perder una beca

El sistema de becas del Estado peruano tiene nuevas reglas.

El 24 de septiembre de 2026 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo N.° 017-2026-MINEDU, que modifica el Reglamento de la Ley N.° 29837, norma que creó el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (Pronabec).

La reforma alcanza aspectos relacionados con:

  • los requisitos para acceder a una beca;

  • el rendimiento que deben mantener los beneficiarios;

  • las causales para perder el financiamiento;

  • los cursos que pueden ser financiados;

  • la selección de carreras;

  • los créditos educativos;

  • y las obligaciones de los becarios.

Uno de los cambios que más atención ha generado establece que, para los nuevos beneficiarios sujetos a esta regulación, desaprobar dos veces el mismo curso o cursos diferentes durante la duración de la beca constituye una causal de pérdida del beneficio.

Pero hay una precisión fundamental:

esta nueva causal no se aplica a quienes ya tenían una beca adjudicada cuando entró en vigencia el decreto.

¿Cuándo se puede perder una beca?

El nuevo artículo 34 del reglamento establece entre las causales de pérdida:

desaprobar dos veces el mismo curso o cursos diferentes durante la duración de la beca.

También se contempla como causal obtener un promedio ponderado desaprobatorio en cualquier periodo académico establecido por la institución de educación superior.

Asimismo, puede producirse la pérdida cuando el estudiante es retirado definitivamente de la institución mediante un acto administrativo firme o equivalente.

Esto representa una modificación importante respecto de las reglas anteriores.

Sin embargo, las consecuencias deben analizarse diferenciando a los nuevos beneficiarios de quienes ya tenían una beca adjudicada.

Los becarios actuales tienen una excepción expresa

Este es probablemente el punto más importante de toda la norma.

La Tercera Disposición Complementaria Transitoria señala que, para quienes ya contaban con una beca adjudicada al momento de entrada en vigencia del Decreto Supremo N.° 017-2026-MINEDU, no se aplica la nueva causal de pérdida por desaprobar dos veces el mismo curso o cursos diferentes.

Esta protección se mantiene durante la ejecución y hasta la culminación de la trayectoria académica de esos beneficiarios.

Por tanto, sería incorrecto afirmar que:

“Todos los actuales becarios perderán su beca si desaprueban dos cursos”.

La regla no funciona así.

¿Se seguirán financiando cursos repetidos a los becarios actuales?

Sí, pero existen condiciones.

Otra disposición transitoria establece que quienes ya tenían una beca adjudicada pueden seguir recibiendo financiamiento para cursos repetidos de pregrado, siempre que no hayan desaprobado más de dos veces el mismo curso.

Esta regla también se mantendrá hasta que culminen su trayectoria académica.

Es decir, el nuevo decreto protege a los becarios vigentes frente a la nueva causal de pérdida de dos desaprobaciones, pero mantiene límites para el financiamiento de asignaturas repetidas.

No basta con aprobar: también se exige rendimiento académico

El nuevo reglamento establece obligaciones académicas más específicas.

El artículo 28 dispone que los becarios deben obtener un promedio ponderado aprobatorio en todos los periodos académicos.

También establece la obligación de mantener durante los estudios financiados por Pronabec un rendimiento que los ubique, como mínimo, en el tercio superior, de acuerdo con los criterios definidos por su institución educativa.

Además, deberán:

  • iniciar los estudios en las fechas establecidas;

  • matricularse en la cantidad de créditos prevista por su malla curricular;

  • mantener actualizados sus datos de contacto;

  • y cumplir las demás obligaciones establecidas por Pronabec.

El tercio superior también gana peso para acceder a una beca

La modificación redefine qué debe entenderse por alto rendimiento académico.

Para las becas correspondientes, el postulante deberá ubicarse dentro del tercio superior del grupo de comparación que determinen las bases de cada concurso.

En el caso de estudios de maestría o doctorado, el alto rendimiento académico exige, como mínimo, haber pertenecido al quinto superior durante el pregrado.

La norma contempla además situaciones particulares.

Por ejemplo, los estudiantes provenientes de los Colegios de Alto Rendimiento (COAR) son considerados como población que ya acredita alto rendimiento académico, aunque las bases de cada convocatoria pueden incorporar criterios adicionales.

¿Qué sucede con las becas de posgrado?

Para acceder a una beca de posgrado, la norma mantiene como población objetivo a quienes hayan culminado estudios superiores, tengan el grado o título correspondiente, acrediten alto rendimiento académico y posean insuficientes recursos económicos para financiar sus estudios.

El nuevo reglamento define esta insuficiencia económica, para posgrado, como un ingreso mensual individual igual o menor a cinco remuneraciones mínimas vitales.

Además, para maestrías y doctorados se exige como referencia mínima de alto rendimiento haber pertenecido al quinto superior durante el pregrado.

También cambian los impedimentos para postular

La norma establece situaciones en las que una persona no puede postular a determinadas becas.

Entre ellas se encuentran haber recibido previamente una beca financiada por el Estado o el sector privado para el mismo nivel de estudios, salvo excepciones previstas en la norma.

También puede constituir impedimento haber renunciado previamente a una beca de Pronabec para el mismo nivel cuando ya se recibió algún beneficio económico.

Asimismo, se restringe la postulación a quienes se encuentren dentro del plazo de ejecución del Compromiso de Servicio al Perú o lo hayan incumplido.

Las carreras financiadas también podrán priorizarse

El cambio no se limita al comportamiento académico del becario.

Pronabec también podrá priorizar carreras y programas tomando en cuenta:

  • necesidades del país;

  • sectores estratégicos;

  • prioridades nacionales y regionales;

  • empleabilidad;

  • demanda laboral;

  • y retorno en el mercado de trabajo.

Esto significa que las próximas convocatorias podrían dar mayor peso a determinadas carreras según las necesidades identificadas por el Estado.

El Peruano señala que la política apunta progresivamente hacia áreas relacionadas con ingeniería, ciencia y tecnología, aunque los criterios concretos deberán aparecer en las bases de cada concurso.

Pronabec señala que repetir cursos está generando mayores costos

El Gobierno ha presentado la modificación como una medida orientada a fortalecer el rendimiento académico y el uso eficiente de los recursos públicos.

Según la directora ejecutiva de Pronabec, Diana Gonzales Delgado, los datos correspondientes a la matrícula 2026-I muestran que el financiamiento de cursos llevados por segunda o más veces generó recursos adicionales por más de S/3,4 millones.

La posición expresada por Pronabec es que la prolongación innecesaria de los estudios aumenta el costo que asume el Estado y reduce los recursos disponibles para financiar nuevas oportunidades educativas.

Esa es la justificación institucional planteada por el programa para endurecer determinados criterios académicos.

La norma también cambia los créditos educativos

El Decreto Supremo N.° 017-2026-MINEDU no regula únicamente becas.

También modifica disposiciones de los créditos educativos administrados por Pronabec.

Entre ellas se establece que el cambio de carrera o institución de educación superior será excepcional y podrá realizarse una sola vez, dentro del primer año de estudios o al finalizar los estudios generales, cuando existan causas atribuibles a la propia institución que pongan en riesgo la continuidad académica.

Además, ese cambio no puede utilizarse para ampliar automáticamente el periodo original de financiamiento.

¿La nueva regla afecta a Beca 18?

El Decreto Supremo modifica el reglamento general de la Ley N.° 29837, que regula las becas y créditos administrados por Pronabec.

Por ello, sus nuevas disposiciones constituyen el marco general bajo el cual deberán desarrollarse las siguientes convocatorias.

Sin embargo, es importante no afirmar que cada regla opera de idéntica manera en todas las modalidades sin revisar las bases específicas de cada concurso.

Las propias modificaciones señalan repetidamente que distintos requisitos, criterios de selección, conceptos financiables y prioridades serán precisados en las bases correspondientes.

Por tanto, para postulantes de Beca 18 u otras modalidades, será fundamental revisar las nuevas bases cuando sean publicadas.

¿Los becarios actuales tienen que realizar algún trámite?

La publicación del decreto no establece un trámite general que todos los actuales becarios deban realizar únicamente por la entrada en vigencia de la norma.

Pronabec cuenta además con una sección oficial donde los beneficiarios pueden consultar el reglamento y las normas aplicables durante su trayectoria académica.

Lo más importante para quienes ya cuentan con una beca es identificar qué disposiciones les resultan aplicables y cuáles están expresamente exceptuadas por las reglas transitorias.

No todas las nuevas reglas afectan de la misma manera a los actuales becarios

Esta es la principal conclusión práctica.

El Decreto Supremo N.° 017-2026-MINEDU está vigente, pero incorpora disposiciones transitorias destinadas específicamente a quienes ya tenían una beca adjudicada antes de su entrada en vigor.

Por ello, hay que distinguir:

Para nuevas becas y futuras convocatorias:

  • rigen las nuevas exigencias que correspondan según el reglamento y las bases;

  • desaprobar dos veces el mismo curso o cursos distintos puede constituir causal de pérdida;

  • se refuerzan los criterios de rendimiento académico;

  • las carreras podrán priorizarse también por empleabilidad y demanda laboral.

Para quienes ya tenían una beca adjudicada:

  • la nueva causal de pérdida por dos desaprobaciones no les resulta aplicable;

  • pueden financiar cursos repetidos de pregrado dentro de los límites establecidos por la disposición transitoria;

  • deben revisar las demás obligaciones del reglamento y las reglas aplicables a su modalidad.

AUGE | Actualidad Educativa

Desde Grupo AUGE continuaremos siguiendo las nuevas disposiciones del Ministerio de Educación y Pronabec, especialmente aquellas relacionadas con Beca 18, becas para estudios superiores y oportunidades educativas para estudiantes y familias del magisterio.

Informaremos también cuando Pronabec publique las nuevas bases de sus próximas convocatorias, porque será allí donde se precisen los requisitos específicos para cada modalidad.

Docente y padre de familia, atención:

si tienes un hijo que ya es becario o que piensa postular próximamente a Pronabec, las reglas no necesariamente serán las mismas para ambos casos.

¿Conocías estas nuevas condiciones para mantener una beca del Estado?

Te leemos en los comentarios.

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